Actualizado el 24 de junio de 2021 : USDA Rural Development ha tomado una serie de medidas inmediatas para ayudar a los residentes rurales, las empresas y las comunidades afectadas por el brote de COVID-19. Desarrollo rural mantendrá actualizados continuamente a nuestros clientes, socios y partes interesadas a medida que se tomen más medidas para servir mejor a las zonas rurales de Estados Unidos. Marque esta página como favorita y vuelva a consultarla con regularidad, ya que las circunstancias cambian a diario y la amplitud y profundidad de nuestras respuestas a sus preguntas e inquietudes sin duda aumentarán. Un PDF de todas las acciones inmediatas hasta la fecha está disponible en inglés y español , y a continuación encontrará información detallada sobre las acciones inmediatas que estamos tomando separadas por área de programa.
Guía de recursos rurales federales COVID-19
Hoja informativa de acciones inmediatas
Oportunidades inmediatas para clientes de RD afectados por COVID-19
Acciones tomadas por el Departamento de Desarrollo Rural del USDA para ayudar a los residentes, negocios y comunidades rurales afectados por la pandemia de COVID-19
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- Programa de la Ley CARES para empresas e industrias PDF (inglés) | PDF (Español)
- Hoja informativa sobre COVID-19 de la subvención para el desarrollo de negocios rurales PDF (inglés) | PDF (Español)
- Hoja informativa sobre el COVID-19 del programa Rural Energy for America PDF (inglés) | PDF (Español)
- Hoja informativa sobre el COVID-19 del préstamo directo para viviendas multifamiliares PDF (inglés) | PDF (Español)
- Préstamo directo y subvención para instalaciones comunitarias Hoja de datos de COVID-19 PDF (inglés) | PDF (Español)
- Programas de agua y medio ambiente Hoja informativa sobre COVID-19 PDF (inglés) | PDF (Español)
- Hoja informativa sobre el COVID-19 de indulgencia de vivienda interinstitucional - Prestatarios PDF
- Hoja informativa sobre el COVID-19 de indulgencia de vivienda interinstitucional - Prestamistas PDF
- Cambios en el servicio de telesalud Hoja de datos de COVID-19 PDF (inglés) PDF (español)
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Vivienda unifamiliar
Vivienda Unifamiliar Programas Directos y Garantizados
Programa Directo: Las ejecuciones hipotecarias y los desalojos relacionados se suspendieron desde el 18 de marzo de 2020 hasta el 31 de julio de 2021. La excepción a ese suspenso fueron las viviendas desocupadas o abandonadas.
- Los prestatarios de SFHDLP que experimentan dificultades financieras debido, directa o indirectamente, a la emergencia de COVID-19 pueden solicitar y recibir una indulgencia inicial hasta que finalice la emergencia de COVID-19. El período inicial de indulgencia puede ser de hasta 180 días y el prestatario puede solicitar una extensión de hasta 180 días adicionales. Los prestatarios que recibieron una indulgencia inicial de la Ley CARES antes del 30 de junio de 2020 pueden recibir hasta dos indulgencias de pago adicionales de tres meses. El prestatario debe solicitar cada prórroga de forma individual.
- Opciones posteriores a la indulgencia: al finalizar la indulgencia, todos los préstamos de los prestatarios de indulgencia se ponen al día y se calcula un nuevo pago mensual para cada préstamo durante el plazo restante del préstamo. Si el prestatario no puede hacer el nuevo pago mensual, el prestatario es elegible temporalmente para solicitar un préstamo de refinanciamiento que ofrece pagos de hipoteca asequibles a largo plazo. Las solicitudes deben tener matasellos, entregarse en mano o enviarse electrónicamente a una Oficina de Desarrollo Rural del USDA antes del 30 de junio de 2023 para ser aceptadas para el procesamiento de refinanciamiento. Tras la aprobación, el pago mensual del prestatario se reducirá y será más asequible.
Las preguntas sobre préstamos directos deben dirigirse al Centro de servicio al cliente del USDA al 1-800-414-1226, de 7 am a 5 pm, de lunes a viernes, hora central (CT). Solo para personas con discapacidad auditiva 1-800-438-1832 o TTY RELAY 1-800-735-2466.
Programa Garantizado: Las ejecuciones hipotecarias y los desalojos relacionados se suspendieron desde el 24 de junio de 2021 hasta el 31 de julio de 2021. La moratoria no se aplicó en los casos en que el USDA o el prestamista de servicio documentaron que la propiedad estaba desocupada o abandonada.
- Requisitos de indulgencia: los prestamistas pueden continuar brindando alivio a los prestatarios afectados al ofrecer indulgencia del pago del préstamo garantizado por el prestatario hasta por 180 días. Además, el período de indulgencia inicial puede extenderse hasta 180 días adicionales a pedido del prestatario. Los prestamistas pueden aprobar la indulgencia inicial por COVID-19 de 180 días a más tardar el 30 de septiembre de 2021. Los prestatarios garantizados que recibieron una indulgencia por COVID-19 antes del 30 de junio de 2020 pueden recibir hasta dos indulgencias de pago adicionales de tres meses. Los prestamistas deben describir las posibles soluciones que pueden estar disponibles al final del período de indulgencia y explicar a los prestatarios que no se requerirá el pago de una suma global de los atrasos.
- Los prestatarios del USDA que no hayan aprovechado una indulgencia hasta la fecha pueden solicitar una indulgencia de pago hipotecario según nuestra guía COVID-19 antes del 30 de septiembre de 2021. Se espera que los administradores otorguen una indulgencia de pago basada en la certificación del prestatario (verbal o escrita) para dificultades financieras causadas por la emergencia del COVID-19. Si un prestatario solicita asistencia después del 30 de septiembre de 2021, aún se puede brindar alivio según nuestra guía estándar que se encuentra en la Sección de alivio especial del Capítulo 18. Este alivio puede incluir hasta 12 meses de indulgencia según sea necesario y evaluación para uno de nuestros alivios especiales. alternativas al final de la indulgencia si es elegible.
- Durante las opciones de indulgencia descritas anteriormente, no se puede cargar al prestatario ninguna acumulación de tarifas, multas o intereses más allá de los montos calculados como si el prestatario hubiera realizado todos los pagos contractuales de manera oportuna.
- Opciones posteriores a la indulgencia: una vez completada la indulgencia, el prestamista trabajará con el prestatario para determinar si puede reanudar los pagos regulares y, de ser así, ofrecer un plan de pago asequible o una extensión del plazo para diferir los pagos atrasados hasta el final del período. préstamo. Si el prestatario no puede reanudar los pagos regulares, el prestamista debe evaluar al prestatario para medidas especiales de alivio que incluyen extensiones de plazo, capitalización y extensiones de plazo, y un anticipo de recuperación de hipoteca.
Las preguntas sobre el servicio de préstamos garantizados deben dirigirse a: sfhgld.program@usda.gov.
Además de las medidas de ayuda del USDA, los prestatarios deben tener en cuenta que la Ley del Plan de Rescate Estadounidense de 2021 ha establecido el Fondo de Asistencia para Propietarios de Viviendas (HAF) para brindar asistencia financiera a los propietarios de viviendas elegibles que han sufrido dificultades financieras durante la emergencia de COVID-19. Los gastos calificados pueden incluir asistencia para el pago de la hipoteca, restablecimiento de la hipoteca, servicios públicos, seguros y otros costos relacionados con la vivienda. Información adicional sobre el HAF está disponible en www.treasury.gov. Se alienta a los prestatarios a explorar estos recursos.
Para obtener más información, visite las siguientes páginas web:
• Socio prestamista garantizado
• Programa de préstamos garantizados para viviendas unifamiliares
• Biblioteca de recursos y capacitación USDA LINC
• Avisos de procedimientoVivienda Multifamiliar
- Los prestatarios multifamiliares deben comunicarse con su personal de servicio asignado si están experimentando dificultades financieras debido a COVID-19.
- Las preguntas frecuentes se distribuyeron a través de GovDelivery el 18 de febrero, brindando orientación a los prestatarios sobre cómo manejar las condiciones financieras únicas de la propiedad debido a la pandemia.
- La moratoria de desalojo de CDC se ha extendido hasta el 31 de julio, prohibiendo los desalojos para inquilinos que no pueden pagar el alquiler debido a COVID-19.
- Las certificaciones de inquilinos que no se pueden completar de manera oportuna debido a COVID-19 se pueden extender sin cargos por mora ni cargos por exceso, previa solicitud al personal de servicio asignado.
- Los estados financieros anuales de la Sección 515 que vencen el 31 de marzo de 2021 pueden extenderse por 30 días o más si es necesario, previa solicitud al personal de servicio asignado (HB-2-3560 Capítulo 4, Sección 4.16-H).
- Los propietarios deben procesar una recertificación provisional a solicitud del inquilino si hay un cambio en los ingresos de $50 o más por mes. El propietario ya debe tener esta política por escrito y aplicarla de manera consistente. En la mayor medida posible, se alienta a los propietarios a trabajar con todos los inquilinos con ingresos afectados para ajustar los pagos de alquiler.
Instalaciones comunitarias
- A partir del 12 de mayo de 2020 y hasta el 30 de septiembre de 2020, el Programa de préstamos directos para instalaciones comunitarias del USDA permitirá temporalmente a los prestatarios con préstamos directos solicitar aplazamientos de pago para ayudar a aquellos que están experimentando problemas temporales de flujo de efectivo debido a la pandemia.
- Según cada caso, el USDA brindará la opción de aplazamiento del pago de capital e intereses a los prestatarios afectados por el COVID-19 hasta por un año debido a las dificultades. El prestatario deberá solicitar cualquier aplazamiento de pago a la Agencia por escrito.
- Para obtener información adicional, consulte la página 22009 del Registro Federal del 21 de abril de 2020.
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Servicio de Servicios Públicos Rurales
El USDA está renunciando a los requisitos del convenio del prestatario de RUS para los índices financieros del contrato de préstamo para el período del 1 de enero de 2020 al 31 de diciembre de 2020. Además, el USDA está renunciando a todos los requisitos de informes financieros asociados con los convenios de concesión y préstamo del Servicio de Servicios Públicos Rurales (RUS) existente a partir del 1 de enero de 2020 hasta el 30 de junio de 2020.
El 24 de abril de 2020, el USDA brinda orientación sobre los recursos proporcionados en el Programa de protección de cheques de pago y la Ley de mejora de la atención médica (HR.266) aprobada recientemente por el Congreso y promulgada por el presidente Trump.
El USDA proporciona la siguiente guía para los prestatarios regulados por RUS que han recibido fondos del Programa de Protección de Cheques de Pago (PPP) de la SBA:
- Programa piloto ReConnect
- La Ley CARES proporcionó $ 100 millones en fondos adicionales para el programa. El USDA recibió 11 solicitudes del Programa ReConnect de la Ronda 2 que eran elegibles para esta financiación.
- El 25 de junio de 2020, el USDA comenzó a anunciar los premios para la Ronda 2 de ReConnect comenzando con los beneficiarios de los fondos de la Ley CARES. El USDA continuará haciendo anuncios a medida que se otorguen estos proyectos.
- Aprendizaje a distancia y telemedicina (DLT)
- Desarrollo Rural recibió $25 millones adicionales en la Ley CARES para el programa de subvenciones DLT. El USDA emitió un anuncio para las partes interesadas el 14 de abril sobre la financiación. Esta financiación se utilizó para establecer una segunda ventana de solicitud para el año fiscal 2020 que cerró el 13 de julio de 2020. RUS actualmente está revisando estas solicitudes.
- RUS también está revisando la primera ronda de solicitudes para el año fiscal 2020 para el programa DLT que cerró el 10 de abril de 2020. RUS anticipa hacer anuncios sobre la primera ronda de premios DLT a mediados de agosto de 2020.
- El USDA extendió la fecha límite para que los prestatarios y beneficiarios del programa de Telecomunicaciones y Electricidad presenten su auditoría anual de CPA hasta el 31 de agosto de 2020.
- El USDA está renunciando a los requisitos del convenio del prestatario para los índices financieros del contrato de préstamo para el período comprendido entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2020. Además, el USDA está renunciando a todos los requisitos de informes financieros asociados con los convenios de concesión y préstamo RUS existentes a partir del 1 de enero de 2020. 2020 hasta el 31 de agosto de 2020.
- El Administrador de RUS ha delegado autoridad a los Programas de Telecomunicaciones, Electricidad, Agua y Medio Ambiente de RUS para considerar las solicitudes de exención de ciertos requisitos de inspección del sitio durante la Emergencia Nacional actual de COVID-19.
- Los solicitantes podrán usar métodos alternativos para notificar al público, como videoconferencias, teleconferencias y avisos públicos en sitios web y periódicos locales, como sustituto del requisito de notificación de reuniones públicas para proyectos de agua y desechos.
- Según cada caso, el USDA ayudará a los prestatarios del Programa Eléctrico a obtener acceso a los fondos comprometidos más rápidamente a las bajas tasas de interés actuales al considerar extensiones de los términos del préstamo (dentro de los límites legales); considerando solicitudes para mover fondos comprometidos entre los seis propósitos del presupuesto del Programa Eléctrico donde el nuevo propósito ha aprobado la revisión ambiental; y considerando las solicitudes de Inventario Normal Temporal (TNI).
- Según el programa, los prestatarios del Programa de Ahorro de Energía Rural, Telecomunicaciones y Electricidad del USDA deben obtener el consentimiento previo por escrito del Servicio de Servicios Públicos Rurales (RUS) para el endeudamiento externo adicional de conformidad con ciertos términos en las regulaciones y los documentos del préstamo.
- Para aquellos prestatarios donde se necesitaría el consentimiento previo de RUS, RUS renuncia al requisito de consentimiento para cualquier préstamo realizado por la SBA bajo el PPP según lo publicado en el Registro Federal, siempre que se notifique a RUS sobre el préstamo de emergencia de la SBA antes de la ejecución. Los prestatarios deben continuar cumpliendo con los requisitos del programa para solicitudes de deuda adicionales y solicitudes que involucren la subordinación o paridad de valores.
- La Administración de Pequeñas Empresas (SBA) ha emitido una regla final provisional que aclara la elegibilidad de las cooperativas eléctricas para el Programa de Protección de Cheques de Pago. Las cooperativas eléctricas que son elegibles 501(c)(12) están aprobadas para acceder al programa por la SBA. Además, el USDA ha aprobado el uso del Programa de protección de cheques de pago siempre que las cooperativas eléctricas notifiquen a la RUS si terminan usando ese recurso. No necesitan aprobación previa para hacerlo.
- Los fondos del préstamo PPP deben registrarse inicialmente como deuda.
- Cualquier fondo de préstamo PPP que esté incluido en las órdenes de trabajo enviadas a RUS para financiamiento debe eliminarse de todas las solicitudes de financiamiento, independientemente de si los fondos PPP se perdonan. Esto evitará la duplicación del financiamiento de estos costos a través del Gobierno Federal. (Tenga en cuenta que los costos no tienen que eliminarse de los activos construidos o retirados a menos que se condone el préstamo). Si los fondos del préstamo PPP se perdonan posteriormente, los gastos y/o las órdenes de trabajo junto con los activos construidos o retirados deben acreditarse para cualquier fondo del préstamo PPP perdonado utilizado para estos fines.
- RUS no puede brindar una opinión o asesorar sobre si los préstamos PPP otorgados a los prestatarios de RUS calificarán para la condonación. Esa decisión la tomará la SBA.
- Esta guía se basa en el estado actual del PPP de la SBA y dado que muchas variables en este programa se desconocen en este momento, nuestra guía puede actualizarse para reflejar cualquier circunstancia nueva relacionada con el PPP.
- Si tiene preguntas o inquietudes adicionales, comuníquese con la Oficina de Revisión de Contabilidad Técnica en SM.RD.CMPL.TARB@usda.gov
- Para obtener ayuda, comuníquese con:
- Programa eléctrico: Christopher McLean, Christopher.mclean@usda.gov , 202-407-2986
- Programa de Telecomunicaciones: Laurel Leverrier, laurel.leverrier@usda.gov , 202-495-9142
- Programas ambientales y de agua: Scott Barringer, scott.barringer@usda.gov , 202-720-9643
- Programa piloto ReConnect
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Programa de subvenciones para productores de valor agregado
El USDA emitió un aviso enmendado para poner a disposición $35 millones adicionales en el Programa de Subsidios para Productores de Valor Agregado este año para apoyar a los productores agrícolas afectados por la pandemia de COVID-19. Esta financiación es posible gracias a la Ley de Asignaciones Consolidadas de 2021. En total, hay disponibles $76 millones.
El Departamento también extendió la fecha límite de solicitud hasta el 4 de mayo de 2021. El aviso enmendado reduce el requisito de igualación para los solicitantes que buscan los $35 millones en fondos de ayuda por el COVID-19. Los solicitantes deben cumplir con los requisitos tanto del aviso original como del aviso enmendado. Para obtener información adicional sobre el aviso modificado, consulte la página 12905 del Registro Federal del 5 de marzo de 2021
Programa de la Ley CARES de Negocios e Industria (B&I)
A partir del 22 de mayo de 2020, el USDA pondrá a disposición hasta $1 mil millones en garantías de préstamos para ayudar a las empresas rurales a satisfacer sus necesidades de capital de trabajo durante la pandemia del coronavirus. Además, los productores agrícolas que no son elegibles para los préstamos de la Agencia de Servicios Agrícolas del USDA pueden recibir financiamiento bajo las disposiciones del Programa de la Ley CARES de Negocios e Industria (B&I) del USDA incluidas en la Ley de Ayuda, Alivio y Seguridad Económica del Coronavirus (CARES).
Además de ampliar la elegibilidad a ciertos productores agrícolas, los cambios permiten al USDA:
- Proporcionar garantías del 90 por ciento de los préstamos del Programa de la Ley CARES de B&I;
- Fijar la tarifa de solicitud y garantía en el dos por ciento del préstamo;
- Aceptar tasaciones completadas dentro de los dos años posteriores a la fecha de solicitud del préstamo;
- No exigir el descuento de garantías para préstamos para capital de trabajo, y Ampliar el plazo máximo para préstamos para capital de trabajo a 10 años.
Los préstamos del Programa de la Ley CARES de B&I deben usarse como capital de trabajo para prevenir, prepararse o responder a los efectos de la pandemia del coronavirus. Los préstamos pueden usarse solo para apoyar negocios rurales, incluidos los productores agrícolas, que estaban en funcionamiento el 15 de febrero de 2020.
El USDA tiene la intención de considerar las solicitudes en el orden en que se reciben. Sin embargo, el Departamento puede asignar puntos de prioridad a los proyectos si la demanda de fondos excede la disponibilidad.
El USDA anunció las autoridades ampliadas de B&I en un aviso publicado en la página 31139 del Registro Federal del 22 de mayo. El Departamento comenzará a aceptar solicitudes de garantías de préstamos de B&I el 22 de mayo de 2020. Las solicitudes se recibirán de manera continua hasta la medianoche, hora de verano del este, del 15 de septiembre de 2021, o hasta que se agoten los fondos. La financiación del programa vence el 30 de septiembre de 2021.
Programas adicionales garantizados
A partir del 31 de marzo de 2020, hasta el 30 de septiembre de 2020, los prestamistas pueden ofrecer aplazamientos de pago de préstamos de 180 días sin la aprobación previa de la agencia para garantías de préstamos del programa Rural Energy for America . Para obtener información adicional, consulte la página 17721 del Registro Federal del 31 de marzo de 2020 .
El 8 de abril de 2020, el USDA amplió las flexibilidades de aplazamiento que anunció el 31 de marzo de 2020. Los prestamistas garantizados también pueden aprobar y otorgar préstamos cubiertos según las disposiciones de la Sección 1102 de la Ley CARES. La Sección 1102 pertenece al Programa de Protección de Cheques de Pago de la Administración de Pequeñas Empresas.
El aviso ampliado establece que los prestamistas garantizados también pueden aprobar y otorgar préstamos cubiertos según las disposiciones de la Sección 1102 de la Ley CARES sin la aprobación previa de la Agencia.
El 24 de abril de 2020, el USDA brindó orientación sobre los recursos proporcionados en el Programa de protección de cheques de pago y la Ley de mejora de la atención médica (HR.266) aprobada recientemente por el Congreso y promulgada por el presidente Trump.
- Los programas garantizados Business & Industry, Rural Energy for America Program (REAP) del USDA pueden aprobar y otorgar préstamos cubiertos bajo el PPP. Los prestamistas garantizados deben notificar a USDA Rural Development por escrito sobre cualquier préstamo cubierto realizado bajo el PPP. La notificación por escrito cumplirá con el estándar de concurrencia hasta el 30 de septiembre de 2020.
Programas para prestatarios intermediarios de RBCS
- Los prestatarios intermediarios de RBCS continúan teniendo autoridad para administrar carteras de préstamos independientemente del USDA. Los prestatarios intermediarios que participan en estos programas pueden aprobar aplazamientos de pago de préstamos para sus prestatarios sin la aprobación del USDA. Estos programas son:
- Programa de préstamo de intermediarios (IRP)
- Subvención para el Desarrollo de Negocios Rurales (RBDG)
- Préstamo y Donación para el Desarrollo Económico Rural (REDL y REDG)
- Programa de Atención al Microempresario Rural (RMAP)
- Para los prestatarios existentes del Programa de Préstamos Intermediarios (IRP) y del Préstamo de Desarrollo Económico Rural (REDL), la Agencia se compromete a mantener prestamistas intermediarios bien capitalizados y trabajará con los intermediarios en las solicitudes de servicio de préstamos caso por caso para asegurarse de que seguir siendo un pilar en nuestras comunidades empresariales rurales.
Programa de subvenciones para el desarrollo de cooperativas rurales
- El USDA está otorgando $5.8 millones en subvenciones disponibles bajo el programa de Subvención para el Desarrollo de Cooperativas Rurales (RCDG) para ayudar a mejorar las condiciones económicas en las áreas rurales. Las corporaciones sin fines de lucro y las instituciones de educación superior son elegibles para solicitar asistencia técnica a individuos y empresas rurales.
- Los beneficiarios de los premios del año fiscal 2019 que recibieron una extensión del período de la subvención debido a la pérdida de operaciones como resultado de la pandemia de coronavirus son elegibles para solicitar fondos para el año fiscal 2020.
- Las solicitudes electrónicas deben enviarse a grants.gov antes de la medianoche, hora del este, del 3 de agosto de 2020. Hay información adicional disponible en la página 39870 del Registro Federal del 2 de julio.
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USDA está extendiendo la ventana de solicitud para los siguientes programas:
Servicio de Cooperativa Empresarial Rural
- El USDA extendió la fecha límite de solicitud para el año fiscal 21 para el Programa de Subsidios para Productores de Valor Agregado hasta el 4 de mayo de 2021. El Departamento también puso a disposición $35 millones adicionales para apoyar a los productores agrícolas afectados por la pandemia de COVID-19. Hay información adicional en la página 12905 del Registro Federal del 5 de marzo de 2021.
- USDA extendió la fecha límite de solicitud para el programa de Subvención de Desarrollo de Negocios Rurales (RBDG) hasta el 15 de abril de 2020 a más tardar. Comuníquese con la oficina de Desarrollo Rural para conocer la fecha límite en su estado. USDA anunció la extensión en una carta sin numerar publicada el 19 de marzo de 2020.
- USDA extendió la fecha límite de solicitud para el Programa Rural Energy for America (REAP) hasta el 15 de abril de 2020. Para obtener información adicional, consulte la página 16925 del Registro Federal del 25 de marzo de 2020.
Servicio de Servicios Públicos Rurales
El USDA está renunciando a los requisitos del convenio del prestatario de RUS para los índices financieros del contrato de préstamo para el período del 1 de enero de 2020 al 31 de diciembre de 2020. Además, el USDA está renunciando a todos los requisitos de informes financieros asociados con los convenios de concesión y préstamo del Servicio de Servicios Públicos Rurales (RUS) existente a partir del 1 de enero de 2020 hasta el 31 de agosto de 2020.
- USDA extendió la fecha límite de solicitud para el programa piloto ReConnect hasta el 15 de abril de 2020. Para obtener información adicional, consulte la página 17530 del Registro Federal del 30 de marzo de 2020.
- El USDA está abriendo una segunda ventana de solicitud de fondos bajo el programa de subvenciones de telemedicina y aprendizaje a distancia (DLT) . Las solicitudes electrónicas para la ventana dos pueden enviarse a través de grants.gov a partir del 14 de abril de 2020 y deben presentarse a más tardar el 13 de julio de 2020. Las solicitudes en papel no se aceptarán en la segunda ventana. La información adicional sobre cómo presentar una solicitud estará disponible en grants.gov el 14 de abril.
- El USDA abrió una segunda ventana de solicitud de financiamiento bajo el programa de subvenciones de telemedicina y aprendizaje a distancia (DLT) . Las solicitudes electrónicas para la ventana dos pueden enviarse a través de grants.gov a partir del 14 de abril de 2020 y deben presentarse a más tardar el 13 de julio de 2020. Las solicitudes en papel no se aceptarán en la segunda ventana.
Notificaciones de partes interesadas
- 9 de marzo de 2021: el USDA implementa medidas inmediatas para ayudar a los residentes rurales, las empresas y las comunidades afectadas por el COVID-19
- 17 de febrero de 2021: el USDA implementa medidas inmediatas para ayudar a los residentes, las empresas y las comunidades rurales afectadas por el COVID-19
- 29 de enero de 2021: el USDA implementa medidas inmediatas para ayudar a los residentes, las empresas y las comunidades rurales afectadas por el COVID-19
- 21 de enero de 2021: el USDA implementa medidas inmediatas para ayudar a los residentes, las empresas y las comunidades rurales afectadas por el COVID-19
- 20 de marzo - Programas de subvenciones y préstamos directos para viviendas unifamiliares
Notificaciones de partes interesadas archivadas
- 30 de diciembre de 2020: el USDA implementa medidas inmediatas para ayudar a los residentes, las empresas y las comunidades rurales afectadas por el COVID-19
- 29 de diciembre de 2020: el USDA implementa medidas inmediatas para ayudar a los residentes, las empresas y las comunidades rurales afectadas por el COVID-19
- 23 de junio de 2020: USDA extiende el alivio de ejecución hipotecaria y desalojo en préstamos directos para viviendas unifamiliares
- 19 de junio de 2020: USDA extiende el alivio de ejecución hipotecaria y desalojo en préstamos garantizados para viviendas unifamiliares
- 22 de mayo de 2020: USDA proporcionará $1 mil millones en garantías de préstamos para empresas rurales y productores agrícolas
- 4 de mayo de 2020: el USDA describe los cambios en el servicio de telesalud como resultado de la pandemia de COVID-19
- 28 de abril de 2020: el liderazgo del USDA de la producción y conservación agrícola y el desarrollo rural actualizan a las partes interesadas sobre el acceso a los programas de ayuda de la SBA
- 17 de abril de 2020: USDA ofrece aplazamientos de pago temporales para el programa de préstamos directos para instalaciones comunitarias
- 14 de abril de 2020: el USDA abre la segunda ventana de solicitud para la financiación del programa de subvenciones de educación a distancia y telemedicina
- 8 de abril de 2020: excepciones temporales a los aplazamientos de pago para programas de préstamos garantizados por agencias
- 31 de marzo: aplazamientos de pago para programas de préstamos garantizados por agencias
- 30 de marzo: excepciones temporales relacionadas con tasaciones, inspecciones de reparación y verificación de ingresos para el Programa de préstamos garantizados para viviendas unifamiliares (SFHGLP)
- 20 de marzo - Servicio de Servicios Públicos Rurales del USDA (RUS)
- 20 de marzo - Servicio Cooperativo de Empresas Rurales (RBCS) del USDA
A continuación se encuentran las preguntas más frecuentes que hemos abordado. Esta lista sin duda crecerá a medida que se formulen nuevas preguntas y se den respuestas e incluso se actualicen según lo dicten las circunstancias.
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P: Me preocupa que el brote de COVID-19 pueda hacer que me retrase en los pagos de mi Préstamo Directo para Vivienda Unifamiliar del Departamento de Desarrollo Rural del USDA. ¿Qué asistencia puede proporcionar el USDA a aquellos de nosotros con estos préstamos que se ven afectados por el brote?
R: El Programa de Préstamo Directo para Vivienda Unifamiliar (SFHDLP) del Departamento de Agricultura de EE. UU. (USDA) ha extendido la moratoria de ejecución hipotecaria y desalojo para los prestatarios del SFHDLP hasta el 31 de julio de 2021.
La moratoria se aplica a:
- Inicio de ejecuciones hipotecarias o terminación de ejecuciones hipotecarias en proceso, excluyendo inmuebles baldíos y abandonados.
- Desalojos de prestatarios de propiedades financiadas con un préstamo hipotecario directo del USDA.
Hipoteca (Pago) Tolerancia:
Los prestatarios que experimenten dificultades financieras debido, directa o indirectamente, a la emergencia de COVID-19 pueden solicitar verbalmente y recibir una indulgencia inicial el 30 de septiembre de 2021 o antes. El período de indulgencia inicial puede ser de hasta 180 días y el prestatario puede solicitar una prórroga de hasta 180 días adicionales.
Los prestatarios que recibieron una indulgencia inicial de la Ley CARES antes del 30 de junio de 2020 pueden recibir hasta dos indulgencias de pago adicionales de tres meses. El prestatario debe solicitar cada prórroga de forma individual.
A los prestatarios que recibieron una indulgencia por COVID-19 bajo esta autoridad se les eximirá de los intereses de indulgencia que se acumulan en los pagos atrasados durante el período de indulgencia. Los préstamos se pueden volver a amortizar al finalizar la indulgencia. El término de la indulgencia inicial y cualquier prórroga se puede acortar a petición del prestatario.
P: ¿Qué opciones hay disponibles para apoyar a los prestatarios de préstamos garantizados para viviendas unifamiliares afectados por COVID-19?
R: Hay disponible una indulgencia inicial de seis meses para los prestatarios de préstamos garantizados para viviendas unifamiliares afectados por COVID-19. A solicitud del prestatario, esta indulgencia puede extenderse seis meses adicionales hasta un máximo de 12 meses.
P: Mi prima de seguro está actualmente en depósito a través de mi pago de hipoteca de vivienda unifamiliar del USDA. ¿Se está pagando la prima de mi seguro de manera oportuna?
R: El USDA continúa procesando las primas de seguro contra riesgos e inundaciones de manera oportuna. Los pagos del seguro deben enviarse a:
USDA Desarrollo Rural NFAC
Atención: Departamento de Seguros
Apartado postal 66876
St Louis, MO 63166 P: ¿Cómo puedo comunicarme con el Centro de Servicio al Cliente Directo de Vivienda Unifamiliar de RD para obtener ayuda?R: El horario habitual es de 7 am a 5 pm de lunes a viernes, hora central (CT). Si se ve afectado por COVID 19, el Desarrollo Rural puede ayudarlo. Llame al 1-800-414-1226, tenga a mano su número de cuenta y los últimos cuatro dígitos de su número de seguro social y siga las indicaciones para hablar con un representante o recuperar la información de la cuenta.
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P: ¿Cómo pueden los propietarios y los agentes administrativos ayudar a los inquilinos que experimentan una reducción de ingresos debido a la COVID-19?
R: Para los inquilinos que reciben asistencia de alquiler, se debe completar una recertificación provisional lo más rápido posible. Alentamos a los agentes a ser precisos pero flexibles, lo que incluye recibir información por teléfono o correo electrónico y hacer adaptaciones cuando no se pueden verificar los cambios en los ingresos debido al cierre de negocios.
Dada la gran cantidad de posibles certificaciones de ingresos cero, estamos suspendiendo el Anexo 6-B del Manual 2-3560 que se utiliza para verificar los gastos de manutención para las recertificaciones provisionales de ingresos cero. Los inquilinos que han sido despedidos debido a COVID-19 no califican para la anualización de ingresos como se menciona en el Manual 2-3560, Capítulo 6, Sección 6.9 (4), ya que esta emergencia no es un despido estacional o predecible. El alquiler debe calcularse en función de los ingresos actuales.
Para los inquilinos que no reciben asistencia para el alquiler, la Ley CARES, firmada el 27 de marzo de 2020, suspende los desalojos por falta de pago por un período de 120 días y restringe a los propietarios y agentes administrativos de cobrar cargos por pagos atrasados o penalizar a los inquilinos que no pueden pagar el alquiler. Alentamos a los propietarios a ser lo más flexibles posible con los inquilinos durante este tiempo.
P: La Ley CARES proporciona pagos de recuperación, hasta $1,200 para individuos y $500 por niño calificado. ¿Deben incluirse estas cantidades en los ingresos de los inquilinos?
R: No. Estos pagos son créditos fiscales reembolsables sobre los ingresos imponibles de 2020 de una persona que se pagan por adelantado. No incluya estos pagos al recertificar los ingresos de un inquilino.
P: ¿Qué sucede si un prestatario multifamiliar de la Sección 514, 515 o 538 experimenta dificultades financieras debido a COVID-19 y no puede realizar el pago de su hipoteca?
R: La Ley CARES de 2020 permite a los prestatarios multifamiliares que experimentan dificultades financieras debido, directa o indirectamente, a la indulgencia de emergencia de COVID-19 por hasta 90 días. Para calificar, el prestatario debe haber estado al día con sus pagos al 1 de febrero de 2020. El 2 de abril de 2020 se distribuyó una comunicación por separado sobre la indulgencia, pero los propietarios de las secciones 514 y 515 pueden comunicarse con su funcionario de servicio para obtener información sobre cómo solicitar una indulgencia
P: ¿Pueden los dueños de propiedades y los agentes usar la propiedad o los fondos de reserva para aliviar las dificultades financieras causadas por la falta de pago del alquiler por parte de los residentes que tienen problemas debido al COVID-19?
R: Sí. Para las propiedades de la Sección 514 y la Sección 515 (consulte el Manual 2-3560, Capítulo 4, Sección 3), los prestatarios pueden utilizar cuentas operativas de la propiedad o hacer un retiro autorizado de fondos de una cuenta de reserva para cubrir un déficit de emergencia en los gastos operativos cuando la emergencia es más allá del control del prestatario y amenaza la vida, la seguridad o la seguridad física del proyecto. Las propiedades deben comunicarse con su funcionario de servicio asignado si anticipan que necesitarán fondos de reserva para pagar los gastos operativos.
Para propiedades con garantía de préstamo de la Sección 538, el prestamista mantiene las reservas. El prestamista está obligado a proteger el valor del activo, lo que incluye el uso adecuado de las reservas para proteger el interés financiero de la propiedad. El prestamista tiene la discreción de usar las reservas si es en el mejor interés financiero de la propiedad (Manual 1-3565, Capítulo 7, Sección 7).
P: ¿Qué precauciones o cambios en las operaciones de la propiedad puede tomar la administración para promover el distanciamiento social y prevenir la propagación de COVID-19?
R: Alentamos a los propietarios y agentes de administración a cumplir con todas las pautas estatales y locales con respecto a contener la propagación de COVID-19. La gerencia puede tomar precauciones razonables, incluido el cierre de parques infantiles, hacer que el personal del sitio trabaje de forma remota o retrasar el mantenimiento no esencial. Sin embargo, la administración no debe eliminar el acceso de los inquilinos a los servicios compartidos esenciales, como las lavanderías. El acceso se puede cambiar, por ejemplo: la gerencia puede instituir un registro para el tiempo de lavado para garantizar que se mantenga la distancia social y proporcionar toallitas desinfectantes para limpiar las máquinas de lavandería.
P: La Ley CARES prohibió los cargos por mora y los desalojos para los inquilinos de viviendas multifamiliares del USDA durante 120 días, hasta el 25 de julio. ¿Qué sucede ahora?
R: La Ley CARES se promulgó el 27 de marzo de 2020 y contenía una prohibición tanto de los desalojos por falta de pago como de los cargos por pagos atrasados durante 120 días. Esta prohibición se aplica a todos los programas MFH de desarrollo rural, incluidos los préstamos de la Sección 514, la Sección 515 y la Sección 538, así como a los titulares de vales multifamiliares.
Esta prohibición de recargos por pagos atrasados permanece vigente durante el período cubierto por la Ley CARES, lo que significa que si un residente no ha pagado el alquiler el 1 de agosto, es posible que no se cobren recargos retroactivos por pagos atrasados. Los cargos por pagos atrasados solo se pueden cobrar en el futuro. Alentamos a los propietarios y agentes de MFH a trabajar con los inquilinos siempre que sea posible para ayudarlos a mantener la vivienda, incluido el procesamiento de certificaciones provisionales si es posible o la organización de planes de pago para saldos vencidos.
Además, aunque la prohibición nacional de desalojos por falta de pago se extendió hasta el 31 de julio de 2021, muchos gobiernos estatales y locales tienen restricciones en curso. Los propietarios y agentes deben seguir de cerca cualquier guía local aplicable en este asunto. /p>
Como recordatorio, las propiedades bajo un acuerdo de indulgencia/aplazamiento tienen prohibido el desalojo por falta de pago durante la vigencia del aplazamiento. Por ejemplo, si una propiedad solicita un aplazamiento para junio, julio y agosto, no se permitirán desalojos por falta de pago hasta el 1 de septiembre.
P: ¿El USDA sigue aceptando solicitudes de aplazamiento en los Programas de viviendas multifamiliares del USDA?
R: La Ley CARES de 2020 permite a los prestatarios multifamiliares que experimentan dificultades financieras relacionadas con COVID-19 solicitar una indulgencia de hasta 90 días. El 2 de abril de 2020 se distribuyó orientación sobre cómo solicitar esta indulgencia/aplazamiento, y lo alentamos a que se comunique con su Funcionario de servicio si tiene preguntas.
MFH ha procesado más de 4000 solicitudes de aplazamiento para sus programas 514 y 515.
Las solicitudes de indulgencia/aplazamiento aún se aceptan para propiedades que experimentan dificultades financieras debido a COVID-19 que aún no han solicitado una indulgencia. Las solicitudes se aceptarán mientras exista la emergencia nacional o hasta el 31 de diciembre de 2020. Como condición para el aplazamiento, los propietarios y agentes de administración no deben desalojar a los inquilinos por falta de pago del alquiler durante el período de aplazamiento.
P: ¿Cómo pueden los propietarios y agentes de administración de viviendas multifamiliares del USDA ayudar a los inquilinos que experimentan una reducción continua en los ingresos debido a COVID-19?
R: Para los inquilinos que reciben asistencia de alquiler, se debe completar una recertificación provisional lo más rápido posible para cualquier cambio en los ingresos mensuales. Los inquilinos que completaron una recertificación provisional anterior pueden necesitar completar una segunda certificación provisional, por ejemplo, si sus beneficios de desempleo cambian o si un despido parcial se vuelve permanente. Alentamos a los agentes a ser precisos pero flexibles, lo que incluye recibir información por teléfono o correo electrónico y hacer adaptaciones cuando no se pueden verificar los cambios en los ingresos debido al cierre de negocios.
Dada la gran cantidad de posibles certificaciones de ingresos cero, hemos suspendido el Anexo 6-B del Manual 2-3560 que se utiliza para verificar los gastos de manutención para las recertificaciones provisionales de ingresos cero. Los inquilinos que han sido despedidos debido a COVID-19 no califican para la anualización de ingresos como se menciona en el Manual 2-3560, Capítulo 6, Sección 6.9 (4), ya que esta emergencia no es un despido estacional o predecible. El alquiler debe calcularse en función de los ingresos actuales.
Si el personal ya no mantiene el horario de oficina, la administración debe asegurarse de que los inquilinos tengan una forma de mantener el contacto, informar problemas de mantenimiento de emergencia y hacer preguntas o solicitar una certificación provisional. Se recomienda encarecidamente que se proporcione a los inquilinos un número de teléfono y una dirección de correo electrónico como opciones de contacto. El pago electrónico del alquiler se puede ofrecer como una opción, pero no debe ser obligatorio y no se pueden cobrar tarifas adicionales. Las firmas digitales se pueden utilizar durante el proceso de recertificación según sea necesario.
Recuerde también que las propiedades deben tener en cuenta las adaptaciones razonables a las reglas de las reglas temporales de COVID-19 para acomodar a las personas con discapacidades, por ejemplo, si un inquilino necesita la asistencia de un cuidador, se debe permitir que el cuidador esté en la propiedad, incluso si se han restringido las visitas a la propiedad. .
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P: ¿Qué flexibilidades financieras tiene el USDA disponible para los prestatarios actuales del Programa de préstamos directos para instalaciones comunitarias?
R: Los prestatarios bajo nuestro Programa de préstamos directos para instalaciones comunitarias pueden solicitar hasta un año de aplazamiento de pago. Comuníquese con su oficina de servicio local para obtener más información.
P: ¿Cómo ayuda el Programa de Instalaciones Comunitarias de Desarrollo Rural del USDA a los prestamistas garantizados cuyos prestatarios rurales están experimentando problemas de flujo de efectivo como resultado de la pandemia de COVID-19?
R: Los prestamistas garantizados están aprobados para ofrecer unilateralmente aplazamientos de pago a sus clientes que puedan estar experimentando problemas temporales de flujo de efectivo debido a COVID-19. Los pagos pueden aplazarse hasta 180 días a partir de la fecha de vencimiento del pago original. El prestamista debe notificar a USDA Rural Development por escrito sobre cualquier aplazamiento de pago. Además, el prestamista es responsable del servicio de todo el préstamo y de tomar todas las medidas de servicio que un prestamista razonablemente prudente realizaría al servicio de su propia cartera de préstamos que no están garantizados. Esta póliza temporal vence el 30 de septiembre de 2020.
P: ¿Los prestamistas que participan en el Programa de Instalaciones Comunitarias de Desarrollo Rural del USDA necesitarán la aprobación previa del USDA para otorgar préstamos del Programa de Protección de Cheques de Pago (PPP) de la Administración de Pequeñas Empresas a prestatarios garantizados?
R: No, los prestamistas garantizados de las instalaciones comunitarias no tienen que buscar aprobación previa si el prestamista otorga un préstamo cubierto bajo el programa de protección de cheques de pago de la SBA a un prestatario. Sin embargo, el prestamista debe notificar a USDA Rural Development por escrito después de realizar el préstamo cubierto. Esta política temporal está vigente hasta el 30 de septiembre de 2020.
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P: ¿Cómo utilizará el USDA los $25 millones adicionales provistos en la Ley CARES para el Programa de Subsidios de Educación a Distancia y Telemedicina?
R: El Congreso otorgó al USDA $25 millones adicionales para el Programa de Telemedicina y Aprendizaje a Distancia (DLT) . Esta financiación estuvo disponible durante el período de solicitud de DLT que comenzó el 14 de abril de 2020 y finaliza el 13 de julio de 2020.
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P: ¿El USDA proporciona algún tipo de alivio de pago para los prestatarios de telecomunicaciones que se han visto afectados por COVID-19?
R: Los prestatarios del Programa de telecomunicaciones del USDA que experimenten dificultades financieras debido a COVID-19 pueden comunicarse con nuestra oficina nacional (202-720-9556) o una de nuestras oficinas estatales para obtener información sobre aplazamientos a corto plazo o alivio de pago. Estas solicitudes se evalúan caso por caso.
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P: ¿Qué flexibilidades financieras tiene USDA disponibles para los prestatarios actuales del Programa de eliminación de agua y desechos?
R: Los prestatarios pueden solicitar el uso de los fondos de la cuenta de reserva como una solución a corto plazo para una escasez de fondos única. Los prestatarios con buena reputación pueden solicitar pagos diferidos, reducidos o solo de interés a corto plazo por hasta 180 días.
P: ¿Qué recursos de capacitación y gestión de emergencias tiene disponible el USDA para los prestatarios de agua y eliminación de desechos que se ven afectados por la emergencia nacional de COVID-19?
R: La asistencia técnica está disponible para evaluar las necesidades, desarrollar acuerdos de gestión, desarrollar y/o actualizar planes de respuesta ante emergencias, resiliencia y riesgos, y para brindar capacitación en gestión financiera y de servicios públicos. Según el programa Circuit Rider del USDA, se puede proporcionar personal temporalmente a los sistemas que necesitan operadores de emergencia.
P: ¿Permitirá el USDA flexibilidades para el requisito de notificación de reuniones públicas para proyectos de agua y desechos?
R: Los proyectos pueden utilizar métodos alternativos para notificar al público, para el requisito de notificación de reuniones públicas para proyectos de agua y desechos. Dichos métodos pueden incluir: videoconferencias, teleconferencias y avisos públicos en sitios web y periódicos locales como sustituto.
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P: ¿Puede RUS ayudar a los prestatarios de servicios públicos de electricidad a obtener un acceso más rápido a los fondos de préstamos previamente comprometidos?
R: El programa eléctrico de RUS está listo para trabajar con sus prestatarios de servicios públicos para acelerar la liberación de fondos. La agencia ha anunciado una consideración acelerada de las solicitudes para mover fondos de un propósito presupuestario a otro para brindar a los prestatarios un acceso más rápido a los fondos de préstamo necesarios para proyectos o usos que tienen autorización ambiental. La agencia también está priorizando la consideración de las solicitudes de Inventario Normal Temporal (TNI), que también permite a los prestatarios un acceso más rápido a los fondos de sus préstamos.
P: ¿Las pérdidas de ingresos relacionadas con la pandemia se contarán contra los índices financieros requeridos del prestatario del programa eléctrico o afectarán negativamente su capacidad futura para obtener préstamos de RUS?
R: La agencia ha anunciado que renunciará a ciertas proporciones financieras de 2020 para evitar que las disminuciones temporales de los ingresos debido a la pandemia de COVID-19 sean la única razón para encontrar un incumplimiento o ser la única razón para denegar la consideración de un prestatario de servicios públicos de RUS. para un préstamo futuro.
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P: ¿Puede un prestamista con un Préstamo garantizado de Rural Energy for America ofrecer un aplazamiento para un prestatario rural que experimenta problemas de flujo de efectivo como resultado de la pandemia de COVID-19?
R: Sí. Los prestamistas pueden ofrecer aplazamientos de pago de préstamos de 180 días. Comuníquese con su oficina de servicio local para obtener más información.
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P: ¿Puede un prestamista con un Préstamo garantizado para empresas e industrias ofrecer un aplazamiento para un prestatario rural que experimenta problemas de flujo de efectivo como resultado de la pandemia de COVID-19?
R: Sí. Los prestamistas pueden ofrecer aplazamientos de pago de préstamos de 180 días. Comuníquese con su oficina de servicio local para obtener más información.
P: ¿Qué establece la Ley CARES para los préstamos comerciales e industriales en el marco del Servicio de cooperativas comerciales rurales?
R: La Ley CARES proporcionó fondos que permiten al USDA brindar garantías adicionales a través del programa de préstamos garantizados para empresas e industrias (B&I). USDA Rural Development se está preparando para publicar una regla y un Aviso de disponibilidad de fondos (NOFA) lo antes posible.
P: ¿Qué medidas puede tomar un prestamista para subsanar un préstamo de B&I garantizado en mora?
R: Hay varias opciones que un prestamista puede tomar para curar un préstamo garantizado en mora. Estos incluyen, entre otros, el aplazamiento de los pagos de capital y/o intereses; un préstamo temporal adicional no garantizado por parte del prestamista para poner la cuenta al corriente; reamortización o reprogramación de pagos de préstamos; transferir una asunción del préstamo; reorganización, liquidación y cambios en las tasas de interés con la aprobación de la Agencia, del prestamista y de cualquier tenedor.
P: ¿Puede un prestamista modificar un préstamo garantizado B&I del USDA después de un acuerdo de renegociación?
R: Sí, un prestamista puede modificar los términos del préstamo después de un acuerdo de reestructuración. El plazo de cualquier aplazamiento, reprogramación, reamortización o moratoria se limitará a la vida útil restante de la garantía o los límites restantes, lo que sea menor. Durante un período de aplazamiento o moratoria sobre el préstamo garantizado, los préstamos no garantizados del prestamista y cualquier préstamo de accionista también deben estar bajo aplazamiento o moratoria.
P: ¿Puede un prestamista tener un pago global en el servicio del préstamo para un préstamo asociado con una garantía B&I del USDA?
R: Sí, un prestamista puede tener un pago global en el servicio del préstamo. Los pagos globales están permitidos como una opción de servicio de préstamo siempre que exista una perspectiva razonable de éxito y la vida restante de la garantía respalde la acción.
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P: ¿Puede un prestatario a través de un programa de préstamos de Servicios Cooperativos y Negocios Rurales (Programa de préstamos intermediarios, Subsidio para el desarrollo de negocios rurales, Préstamo y subsidio para el desarrollo económico rural, Programa de asistencia para microempresarios rurales) permitir aplazamientos de pago para préstamos otorgados a los destinatarios finales?
R: Sí, los prestatarios que participan en nuestros programas de préstamo pueden aprobar aplazamientos de pago de préstamos para sus prestatarios sin la aprobación previa de USDA Rural Development.
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P: ¿Cómo se han visto afectados por el COVID-19 los programas de Subvención para el Desarrollo de Cooperativas Rurales (RCDC) y Subvención para Grupos Socialmente Desfavorecidos (SDGG)?
R: USDA Rural Development se está preparando para emitir un Aviso de disponibilidad de fondos (NOFA) para estos programas. Las publicaciones permitirán un período de solicitud de 60 días. Actualmente, hay $5.8 millones disponibles para RCDG y $3 millones para SDGG. Los beneficiarios actuales pueden trabajar con el USDA para utilizar las flexibilidades de subvenciones disponibles para completar sus proyectos. Esto incluye una extensión sin costo en ciertos casos.
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P: La Ley CARES proporcionó $100 millones en fondos adicionales para el Programa ReConnect. ¿Cómo distribuirá este dinero el Departamento de Desarrollo Rural del USDA?
R: El USDA utilizará los $100 millones proporcionados para el Programa ReConnect en la Ley CARES para invertir en proyectos de subvención del 100 % calificados que no recibieron financiamiento en la primera ronda de inversiones del Programa ReConnect del programa.
Los solicitantes de la primera ronda que no recibieron fondos debido al acceso limitado de banda ancha en su área de servicio propuesta pueden presentar una solicitud durante la segunda ronda para recibir esta prioridad.
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P: Tengo un préstamo o subvención de Desarrollo Rural del USDA. ¿Soy un trabajador esencial? ¿Puedo continuar implementando los fondos del USDA durante las órdenes de quedarse en casa de mi gobierno estatal o local?
R: USDA no determina si nuestros clientes son o no trabajadores esenciales. Clientes, comuníquense con su gobierno local o estatal para obtener más información.
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