¿Qué hace este programa?
- Ayudar a las microempresas a iniciar y crecer a través de un Fondo Rotatorio de Microcréditos Rurales.
- Brindar capacitación y asistencia técnica a prestatarios de microcréditos y microempresarios.
- Organizaciones sin fines de lucro.
- Tribus reconocidas a nivel federal.
- Instituciones de educación superior.
- Empresas ubicadas en un área elegible con 10 o menos empleados a tiempo completo.
- Las áreas rurales fuera de una ciudad o pueblo con una población de menos de 50.000 habitantes. Las áreas urbanizadas cercanas a una ciudad de 50.000 o más habitantes pueden no ser elegibles.
- La sede del prestatario puede estar ubicada dentro de una ciudad más grande siempre que el área de servicio del proyecto esté ubicada en una zona rural elegible.
- El prestamista puede estar ubicado en cualquier lugar.
- Certificar que él o sus empleados han recibido educación y capacitación de una entidad de capacitación en desarrollo de microempresas calificada, de modo que el solicitante tiene la capacidad para administrar dicho fondo rotatorio de préstamos.
- Demostrar que participa de manera activa y exitosa como prestamista intermediario al día en el marco del Programa de Micropréstamos de la Administración de Pequeñas Empresas de los Estados Unidos (SBA) u otros programas de préstamos similares según lo determine el Administrador.
- Se ofrecen subvenciones para brindar asistencia técnica a microempresarios rurales o microempresas, por un monto máximo de 100.000 dólares anuales. No se garantiza la financiación del nivel solicitado y se requiere al menos un 15 por ciento de fondos de contrapartida.
- Se pueden utilizar préstamos de 50.000 a 500.000 dólares para establecer un Fondo Rotatorio de Microcréditos Rurales administrado por la Organización de Desarrollo de la Microempresa. La deuda total agregada tiene un límite de 2,5 millones de dólares.
- El plazo máximo es de 20 años.
- Aplazamiento de pago por dos años.
- Debe establecer un fondo de reserva para pérdidas de préstamos.
- Hasta $50.000.
- Tasa de interés fija.
- Limitado al 75 por ciento del costo del proyecto.
- Capital de explotación.
- Refinanciación de deuda.
- Compra de equipos y suministros.
- Mejorando el patrimonio inmobiliario.
- Código de Regulaciones Federales, 7 CFR 4280, subparte D.
- Este programa está autorizado por la Sección 379E de la Ley Consolidada de Desarrollo Agrícola y Rural (7 USC 2008s).
NOTA: Si los formularios específicos del estado no se muestran arriba, asegúrese de seleccionar su estado en el menú desplegable de arriba para encontrar la información de contacto de la Oficina Estatal y hablar con un Especialista en Programas Comerciales antes de intentar completar cualquier formulario o solicitud. Esto le ahorrará tiempo valioso en su solicitud.
Serie de videos con instrucciones para postularse a RBCS
También puede acceder al Código de Regulaciones Federales, 7 CFR 4280, subparte D.
No existen otros requisitos adicionales a nivel nacional. Si existen requisitos adicionales específicos de cada estado, se enumerarán anteriormente.
pestaña de estado para contactos del programa