¿Qué hace este programa?
Los préstamos para sitios de vivienda rural brindan dos tipos de préstamos para comprar y desarrollar sitios de vivienda para familias de ingresos bajos y moderados:
- Los préstamos de la Sección 523 se utilizan para adquirir y desarrollar sitios únicamente para viviendas que se construirán mediante el método de autoayuda. Consulte la Instrucción RD 1944-I para obtener más información sobre el programa de Autoayuda.
- Los préstamos de la Sección 524 se otorgan para adquirir y desarrollar sitios para familias de ingresos bajos o moderados, sin restricciones en cuanto al método de construcción. Los ingresos bajos se definen como entre el 50% y el 80% del ingreso medio del área (AMI); el límite superior para ingresos moderados es el 115% del AMI.
¿Quién puede solicitar este programa?
- Préstamos de la Sección 523: organizaciones privadas o públicas sin fines de lucro que proporcionarán sitios únicamente para viviendas de autoayuda.
- Préstamos de la Sección 524: Organizaciones privadas o públicas sin fines de lucro. El sitio de construcción se puede vender a familias de ingresos bajos o moderados utilizando los programas de préstamos para viviendas unifamiliares (SFH) del USDA o cualquier otro programa de financiamiento hipotecario que atienda a familias de ingresos bajos y moderados.
- Organizaciones sin fines de lucro que tienen la autoridad legal para operar un fondo de préstamos rotatorio
- Organizaciones sin fines de lucro que tienen la capacidad financiera, técnica y administrativa para cumplir con las leyes y regulaciones federales y estatales pertinentes.
- Tribus reconocidas a nivel federal
¿Qué es un área elegible?
Verifique las direcciones elegibles .
¿Cómo se pueden utilizar los fondos?
Los préstamos para terrenos se otorgan para proporcionar financiamiento para la compra y el desarrollo de terrenos para viviendas para familias de ingresos bajos y moderados.
¿Cuáles son los términos de los préstamos?
- préstamos a 2 años
- Préstamos de la Sección 523: tasa de interés del 3%
- Préstamos de la Sección 524: por debajo de la tasa de mercado establecida y publicada mensualmente, fijada al cierre.
¿Cómo empezamos?
Se aceptan solicitudes para este programa durante todo el año. Solicite a través de la oficina estatal de Desarrollo Rural del USDA. .
¿Quién puede responder preguntas?
Comuníquese con la oficina estatal de Desarrollo Rural del USDA.
¿Qué rige este programa?
- Estándares: Se aplican los estándares y políticas de desarrollo del sitio en las Instrucciones RD 1924-A y 1924-C.
- Instrucción básica: Instrucción RD 444.8 ( 7 CFR Parte 1822 Subparte G ) e Instrucción RD 1924-C
NOTA: Debido a que las citaciones y otra información pueden estar sujetas a cambios, consulte siempre las instrucciones del programa que figuran en la sección anterior titulada "¿Qué ley rige este programa?" También puede comunicarse con su oficina local para obtener ayuda.
NOTA: Comuníquese con su oficina estatal local y hable con un especialista del programa de vivienda antes de intentar completar cualquier formulario o solicitud. Esto le ahorrará un tiempo valioso en su solicitud.
No existen otros requisitos adicionales a nivel nacional. Si existen requisitos adicionales específicos del estado, se enumerarán arriba.
División de Vivienda Unifamiliar
John O. Jones, director del programa
Teléfono: 601-965-4325 Fax: 1-844-325-7036
Personal
Iván Kiani
rita rebabas
Roberto amor
Actualmente no hay eventos programados.